LEY BELARRA

De profanar una iglesia a vender pornografía infantil: 15 delitos con la misma pena que matar una rata

Mismas penas que la venta de pornografía infantil, la tenencia de armas largas, la apología al terrorismo o la profanación de una iglesia.

La ley Belarra castiga con hasta 50.000 € y año y medio de cárcel matar una rata en casa

La ley Belarra exige métodos «no letales» contra las plagas de ratas para respetar sus «derechos»

Podemos viviendas no residentes
La secretaria general de Unidas Podemos, Ione Belarra (EP)
Pelayo Barro

La nueva Ley de Protección y Bienestar Animal, promovida por la ministra Ione Belarra, pena con hasta un año y medio de cárcel el hecho de provocar la muerte a un «animal vertebrado» aunque no sea una mascota, ni un animal domesticado, o ni siquiera esté bajo control humano. Eso amplía la protección hasta a más de 500 especies de vertebrados, como los roedores. Matar una rata, según la definición genérica que introduce la ley, lleva aparejada una pena de cárcel de hasta un año y medio. Se quedaría en un año si sólo se le producen lesiones. En el Código Penal se describen delitos de entidad que conllevan la misma pena, como la venta de pornografía infantil, la tenencia de armas largas, las manifestaciones en la puerta del Congreso, la apología del terrorismo o la profanación de una iglesia.

«La nueva regulación puede afectar al principio de proporcionalidad de las sanciones». Así lo advirtió el Consejo General del Poder Judicial en un informe el pasado mes de noviembre en el que se ponían sobre la mesa ciertos problemas que mostraba la redacción del texto del anteproyecto. El texto fue aprobado la pasada semana en el Congreso y ya enfila el trámite del Senado para su aprobación definitiva.

Aparte de la amalgama de situaciones y escenarios rocambolescos que plantea la nueva normativa, como castigar a quien cruce a su perro, obligar a hacer un examen para tener perro o prohibir las rifas de peces en las ferias bajo amenaza de multas de 50.000 euros, el horizonte punitivo de la norma equipara las penas a las actuales impuestas por otros delitos graves.

La Ley establece, por ejemplo, penas de hasta año y medio de prisión por matar una paloma, una serpiente o una rata. Si la rata o cualquier vertebrado sufriese lesiones pero no la muerte, la cárcel se queda en un año. En el Código Penal vigente se pueden encontrar numerosos delitos con penas de prisión de hasta un año. La misma que por maltratar una rata y menores que por darle muerte. Estos son algunos de ellos:

-Vender o exhibir pornografía infantil (art. 186).

-Difundir un vídeo sexual sin consentimiento (art. 197.7).

-Allanamiento de morada (art. 203).

-Entregar a los padres un bebé diferente al suyo por imprudencia grave (art. 220).

-Usar a menores o personas con discapacidad para ejercer la mendicidad (art. 232).

-Traficar con un pasaporte falso (art. 392.2).

-Recibir un soborno (para funcionarios) (art. 422).

-Ayudar a fugarse a un preso (art. 470).

-Promover un ‘rodea el Congreso’ (art. 494).

-Gritar «¡gora ETA!» o cualquier manifestación que haga apología del terrorismo durante un pleno municipal (art. 505).

-Convocar o desarrollar una manifestación prohibida previamente con objetivo de subvertir el orden constitucional (art. 514.5).

-Profanar una iglesia para ofender los sentimientos religiosos (art. 524).

-La desobediencia grave a agentes de la autoridad (art. 556).

-Tener un Kalashnikov sin licencia ni permiso (art. 564).

-Imprudencia grave de un funcionario civil que revele secretos militares (art. 601).

Matar una rata

La Ley de protección, derechos y bienestar de los animales impulsada por la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030Ione Belarra, ha sido redactada de una forma tan amplia y ambigua que podría penar con hasta año y medio de cárcel y multas de 50.000 euros por dar muerte a ratas en un hogar mediante veneno u otros métodos.

De esa forma, hay situaciones cotidianas relacionadas con animales silvestres o «fauna urbana» (ratones, ratas, palomas…) que quedan abiertas a la interpretación que pueda darle la justicia en cada momento. Hechos como por ejemplo dar muerte a una plaga de roedores en un domicilio -urbano o rural- mediante venenos, sustancias incapacitantes u otros métodos. Si se hace con arma de fuego o en presencia de un menor se considera incluso agravante.

El régimen sancionador que contempla el texto, que ya está en el Senado para su próxima votación tras ser aprobado en el Congreso, recoge como «infracción muy grave» el «incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones exigidas por esta ley cuando se produzca la muerte del animal, siempre que no sea constitutivo de delito, así como el sacrificio de animales no autorizado».

Al no especificarse el tipo de animal en una de las categorías que describe la ley (mascota, doméstico, salvaje, fauna urbana…), la norma permite entender a cualquier vertebrado como objeto de protección por este régimen sancionador. Las sanciones que lleva aparejadas van desde los 50.000 hasta los 200.000 euros.

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